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Ley Sinde y su fracaso

Vamos a analizar la ley Sinde y su supuesto fracaso, a mi modo de ver, nada más salir.

Para entender por qué una ley así no puede tener éxito hay que entender primero como funciona internet. Para no entrar en tecnicismos difíciles de entender, utilizaré aproximaciones a la realidad para explicar ciertos funcionamientos de internet. También partiremos de que sabemos qué es la ley sinde pero no sabemos exactamente el proceso que seguirán para cerrar una web (pues aunque hay borradores y tal, prefiero no fiarme).

Empecemos con el funcionamiento de internet y de las páginas web. Una web no es más que un conjunto de archivos que están alojados en un “servidor”, y un servidor no es más que un ordenador/computador como cualquier otro, como el que tienes en casa tu y cualquiera, solo que en general suele ser un poco más potente.

Cuando “accedes a una web”, escribiendo el nombre de esta en la barra de direcciones (sí, es mentira, la escribís en Google y seguís el enlace desde ahí), vosotros realmente lo que estáis haciendo es acceder al servidor que tiene los archivos de esa web y os los envía (de normal el servidor tiene un programa que se ejecuta cuando tu le pides los archivos y genera otros archivos que son los que tu recibes). Tu navegador web (Firefox, Chrome o hasta Internet Explorer lo intenta) recibe esos archivos y los muestra, y eso que muestra es la web que tú ves.

Pero entre que tu accedes a un dominio (una web) y recibes el texto, imágenes, etc., hay un paso más: la obtención de una IP.

Todos los dispositivos conectados a internet tienen un identificador único, mientras están conectados, llamado IP. Es como un número de teléfono. Cada línea tiene un número, pues cada dispositivo tiene un número. Por tanto, cuando quieres cargar una web, lo que tu navegador tiene que hacer es pedirle al servidor que contiene esa web, llamándole mediante su IP, que se la envíe, pero nosotros no accedemos con el navegador a esa IP, accedemos al dominio o nombre de la web, que es más fácil de recordar que un número.

El funcionamiento interno aproximado sería: tu navegador pide a tu ISP (proveedor de internet, tipo Movistar, Ya.com, Orange, Ono, Jazztel, Vodafone…) acceder al dominio de la web, el ISP mira en una base de datos (tipo una guía de teléfonos) cual es la IP para ese dominio y entonces es cuando accedes directamente a esa IP.

El servidor con esa IP recibe la petición (y además sabe el nombre de dominio que has utilizado para llegar hasta su IP) y te envía los datos.

Es decir, primero le pedimos al que nos da internet que transforme el nombre de dominio de una web en una IP y luego utilizamos esta IP para acceder al servidor y obtener así la web.

¿Veis el punto débil de este sistema? Si un organismo como la ley sinde obliga a vuestro ISP a no daros la IP cuando accedéis a una web, ya no podríais cargar esa web. Este es uno de los sistemas que podría utilizar la ley Sinde para bloquear webs: bloquear los dominios.

¿Y por qué no obligar directamente a borrar las webs de los servidores? Pues muy sencillo, porque las moveríamos fuera de España, donde la ley Sinde no puede hacer nada, y seguiríamos tan tranquilos, además de no ser muy bueno para la economía española (más dinero fuera). Es más efectivo evitar obtener una IP y así se bloquearían también las webs que están alojadas fuera de España.

¿Cómo nos saltamos ese bloqueo? Tremendamente fácil. Si nuestro ISP no nos dice la IP del servidor, se lo preguntamos a otro. No es algo que la gente suela hacer, generalmente porque no saben, pero se puede configurar una conexión a internet para que, en vez de pedir las IP de los dominios a nuestro ISP, se lo pregunte a otros, por ejemplo Open DNS, o los DNS de Google. Utilizando estos DNS alternativos, recibiríamos las IP de las webs aunque nuestro ISP no las proporcione.

Pero, ¿y si aún así estos también bloquean el dominio? Podría pasar, ¿no? ¿Hasta dónde pueden llegar estos mafiosos y legisladores que van contra el pueblo? No lo sabemos. Podemos creer que no pueden meterse con estos DNS, pero ¿y si lo hacen? Hay que estar preparados.

¿Qué hacemos si nos envían las guías de teléfono con números censurados? Nos compramos una agenda y nos apuntamos los números que nos interesan. Pues aquí lo mismo. Los sistemas operativos (al menos los que yo conozco, como Windows, Linux y Mac os), tienen algo así como una “agenda” de IPs que puedes editar.

En Windows, por ejemplo, en la carpeta Windows/System32/drivers/etc. encontramos un archivo llamado hosts y es muy fácil de usar. Cada línea indica una IP – Dominio. Para utilizar los host, lo abriríamos con un editor de texto plano, como bloc de notas o notepad (ojo, el word no vale) y al final del todo, en una línea nueva pondríamos:

IP dominio

Así, separado por un espacio. Esto lo que hace es que al acceder al dominio indicado en esa línea, utilice la IP que hemos puesto antes del dominio.

Un caso práctico:  Supongo que sabréis que en Firefox (supongo que en otros navegadores igual), si en la barra de dominios escribís un texto en vez de un dominio, lo que hace es redirigir a un buscador con el texto ya incluido, es decir, que directamente os muestra los resultados de la búsqueda de ese texto.

Pues hace más o menos un año, con una actualización de Firefox, en vez de buscar en Google al utilizar la barra de direcciones como buscador, me buscaba en bing, y yo por ahí no paso. Así que me puse a mirar en configuraciones, plugins, complementos, etc. No había manera, lo había puesto todo para buscar en Google pero seguía buscando en bing, así que abrí el archivo host y añadí las siguientes líneas:

74.125.39.99 bing.com
74.125.39.99 www.bing.com

El número que veis es la IP de Google y va acompañada del dominio de bing. Como veis, hay dos líneas, esto es porque no es lo mismo “dominio.com” que “www.dominio.com”, aunque estemos acostumbrados a utilizarlo de igual forma.

Esto lo que hace es que al entrar en bing.com o www.bing.com, en vez de acceder al servidor de bing, accede al de Google, con lo que al usar la barra de direcciones de Firefox como buscador, buscaba en realidad en la IP de Google, con lo que me mostraba los resultados de búsqueda en Google en vez de en bing.

Así que, volviendo a la ley Sinde, utilizando este archivo hosts, podemos indicar la IP de un dominio manualmente, de forma que, aunque bloquearan dicho dominio, mientras el servidor con esa IP esté activo, si utilizamos el archivo hosts para asociar esa IP con el dominio bloqueado, podríamos seguir entrando a esa web como si no hubiera sido bloqueada.

Pero la cosa no acaba aquí. Hay más formas de bloquear una web. Si en vez de (o aparte de) bloquear el dominio, bloquean la IP, se acabó. Esto no lo puedo asegurar al 100%, pero casi, nuestro ISP podría bloquear la IP del dominio en cuestión, de forma que no podamos contactar con él y por tanto, no podamos cargar la página. Un método también inefectivo, aparte de ilegal. Vamos a analizarlo.

Consideremos a nuestro ISP (recordemos que un ISP es la compañía que nos da internet, por si a alguien se le ha olvidado) como un intermediario, de forma que la conexión entre el servidor y nuestro PC pasa a través del ISP

PC -> ISP -> SERVIDOR
SERVIDOR -> ISP -> PC

Si el ISP bloquea el acceso al servidor, como está en medio, se acabó. Pero cambiando la estructura de conexión por la siguiente:

PC -> ISP -> VPN -> SERVIDOR
SERVIDOR -> VPN -> ISP -> PC

lo tenemos solucionado. ¿Qué ha pasado? ¿Qué es ese nuevo elemento llamado VPN? Pues VPN no es más que otro servidor, solo que no está bloqueado, y recibe su nombre por su función. Y esa función es parecida a la de nuestro ISP, que actúa de intermediario entre nuestro PC y el SERVIDOR. Como el ISP se “niega” a establecer conexión con el SERVIDOR, le decimos al ISP que queremos establecer la conexión con VPN, y VPN a su vez “ya sabe” o “le decimos” que queremos que acceda a SERVIDOR y nos devuelva los datos.

Con este sistema, nosotros le decimos al ISP de acceder a un servidor (que llamamos VPN) el cual no está bloqueado y el ISP nos lo permite. El VPN se encarga de enviarnos los datos recogidos de SERVIDOR, con lo que el resultado final es el mismo que si hubiéramos accedido directamente a SERVIDOR, solo que con un paso más. Por supuesto, para nosotros es algo engorroso por el hecho de tener que obtener ese VPN y acceder a él cada vez que queremos contactar con SERVIDOR (entendiendo como SERVIDOR al equipo informático que contiene la web bloqueada), lo cual puede ser un coste en euros además de depender de la disponibilidad del VPN, pero no deja de ser una solución para saltarse un bloqueo por IP.

Este método VPN es el que se utiliza por ejemplo en China para saltarse la censura a ciertas páginas web o también se utiliza para saltarse bloqueos a la inversa, donde en vez de ser el ISP el que bloquea al SERVIDOR, es el SERVIDOR el que bloquea accesos desde algunos ISP, como es el caso de Netflix, el cual solo permite acceso desde Estados Unidos, con lo que si intentas acceder desde España, no te dejan. ¿Solución? Utilizar un VPN en Estados Unidos de forma que Netflix obtiene la petición de acceso desde Estados Unidos y la acepta y luego el VPN te reenvía los datos a ti en España.

Además del tema del VPN para saltarse un bloqueo, bloquear una IP no es tan fácil a nivel legal.

Como ya he dicho al principio de este post, una web se aloja en un servidor como archivos y un servidor es como un PC, por tanto, en un servidor podríamos tener varias carpetas y en cada carpeta poner los archivos correspondientes a una web distinta. También he mencionado que al acceder a un servidor, accedemos a su IP, pero el servidor sabe el dominio utilizado para conectar con su IP, con lo que se podría hacer (y se hace) que varios dominios apunten a una misma IP, y por tanto, a un mismo SERVIDOR. Luego según el dominio utilizado, el SERVIDOR mostraría los datos de una web (los archivos de una carpeta) o de otra web(los archivos de otra carpeta).

Si bloquean una IP, bloquean todas las webs que hay alojadas en ese SERVIDOR, de forma que, si junto a una web que intenta bloquear, en ese mismo servidor hay otras webs, como blogs personales (mejor si son blogs que otra cosa), estarían bloqueando también esas webs… de forma ilegal. Es decir, estarían censurando un blog personal sin querer, pero al fin y al cabo, censurándolo y censurar la libertad de expresión no está bien visto (aparte de ser ilegal), con lo que bastaría denunciar el bloqueo para que liberaran la IP.

Como veis, bloquear una web no es tarea fácil y hacer que realmente sea imposible acceder a ella es prácticamente imposible, valga la redundancia.

Pero en serieonline.net vamos más lejos y nos planteamos un caso desastroso: Bloquean el dominio, incluso nos lo quitan, bloquean la IP y logran que la empresa (de fuera de España) nos la borre del servidor… ¿Ahora qué? ¿La web se cierra?

Para nada. Contratamos otro servidor en otro sitio y creamos un blog. Luego le decimos al servidor que “se prepare para recibir visitas a nuestro dominio bloqueado”. Aunque nos lo hayan quitado y no podamos hacer que “apunte” al nuevo servidor, nosotros le decimos al servidor que sí recibirá visitas con dicho dominio. Y la parte final… un pequeño programa realmente simple, que ya tenemos creado, de unos 14KB el código fuente y 43KB en total incluyendo librerías necesarias, “busca” en determinados sitios, normalmente “sociales” donde es muy difícil que puedan ser bloqueados, la nueva IP del servidor, edita el archivo hosts mencionado anteriormente y añade la nueva IP.

Cada vez que bloquearan una IP o un SERVIDOR, cambiaríamos de IP, escribiríamos en varios sitios la nueva IP. El programa leería esos mensajes y cambiaría la IP en vuestro archivo hosts y vosotros podríais seguir visitando serieonline.net (o cualquier otra web bloqueada que utilice este mismo sistema) como si la ley sinde no existiera.

Así, con un programita realmente simple nos saltamos una ley realmente absurda. Y es que, como se ha dicho muchas veces, no se pueden poner puertas al campo.

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20 Responses to Ley Sinde y su fracaso

  1. yege agosto 21, 2011 a las 3:14 pm

    Habia leido bastante sobre la ley sinde… lo que pretendia los fallos que tiene etc….
    pero nunca habia leido todo en plan tecnico (la ip el servidor y todos los pasos que da)
    muy interesante!!

  2. Pingback: Implicaciones de la ley Sinde, a pesar de su fracaso. « Blog Serie Online

  3. serieonline agosto 21, 2011 a las 8:43 pm

    Gracias yege, me alegra que te guste

  4. Pingback: Ley Sinde y su fracaso

  5. sxentinel agosto 22, 2011 a las 1:05 pm

    Es lo que tiene poner puertas al campo… basta solo con rodearla para volver a entrar

  6. teriana agosto 24, 2011 a las 7:55 pm

    Por suerte, parece que, tras la aprobación de la ley, se les ha olvidado, igual sólo querían “meter miedo”. De todas formas, ahora, con las elecciones a la vuelta de la esquina, no creo que se pongan a molestar a la gente con esto si no quieren perder votos por esta tontería…

  7. Coral septiembre 5, 2011 a las 4:15 pm

    A lo peor, para dar un do de pecho deciden aplicarla y empezar a bloquear páginas web sólo para demostrar que la ley Sinde sirve para fastidiar al personal

  8. tecada septiembre 12, 2011 a las 2:16 am

    hola!! acabo de leer los dos articulos sobre la ley sinde, ya habia leido antes sobre cambiar las dns , usar vpn y eso pero yo, q apenas tengo conocimientos de informatica, y aunq entiendo , con esas buenas explicaciones lo q quereis decir , no sabria hacerlo, por eso me interesaria tener ese programa para saltarme la ley sinde. Y otro favor tambien me gustaria pediros, seria posible q explicaseis con capturas de pantalla o algo asi, lo de modificar en la carpeta de windows lo de ip dominio y lo de cambiar las dns?? mil mil gracias

    • serieonline septiembre 12, 2011 a las 8:32 am

      El programa en cuanto lo revise un poco más lo publicaré. No te preocupes que lo publicaré en la web, twitter, facebook, este blog y el otro blog.
      El “otro blog” es uno que salió poco despues de este con el fin de utilizar aquel para las explicaciones, tutoriales y demás, y dejar ese solo como “canal de comunicación de emergencia” o para cosas estrictamente relacionadas con la web, como cambios de IP, acciones legales, etc, con el fin de separar lo que afecta realmente a la web con las entradas que son para ayudaros o curiosidades.
      Cómo modificar los hosts lo tienes publicado aquí: http://www.caminandoporlavida.net/modificando-los-host-en-windows-y-linux

      • tecada septiembre 12, 2011 a las 7:01 pm

        muchas gracias por la respuesta, estare al tanto para cuando lo publiques descargarlo ya. Acabo de leer como modificar los host y me imagino q abra q añadir esas dos lineas con cada pagina q queramos tener, por cierto, la ip q aparece alli de serieonline creo q no es la correcta, al poner http://94.23.251.212 me reenvia a otra pagina, a ver si puedes ayudarme, siento la molestia.

      • serieonline septiembre 12, 2011 a las 7:05 pm

        Exacto, por cada web debes es recomendable poner ambas lineas, aunque no es obligatorio, te ahorrará algunos lios.

        Por ejemplo, serieonline solo funciona con www, así que si solo añades la linea con las www y siempre entras con las www, no tendrás problema. Pero si algún día entras sin las www porque se te olvida, no cargará, en cambio si has añadido la linea al host, cargará bien y luego el servidor se encargará de redirigir con las www.

        La IP es correcta. Sale esa otra web porque se aloja junto a serieonline. En el servidor hay varias webs alojadas ;)

  9. Pingback: Modificando los host en windows y linux | Caminando por la vida

  10. Mireia septiembre 14, 2011 a las 6:12 pm

    hola!
    que bien explicado! yo no hago informatica ni nada y lo he entendido casi todo!
    muchas gracias! ahora tenia una pregunta. lo del VPN es para acceder a paginas que no te dejan en españa verdad?
    quiero decir, es para esos sitios que te dice: “the video you are trying to watch cannot be viewed from your current country or location” ?? osea, que si sabes hacerlo, podrias verlos??
    no se si me explico bien. pongo un ejemplo.
    la serie de 9O21O ayer dieron el primer capitulo de la 4 temp. y se emitia en directo en la web me parece. Pero yo no podia verla por el problema de que no era de EEUU. con el VPN podria?
    Si es asi… me podeis explicar como se hace?
    Ya sabia usar lo de los proxys a nivel muy basico, pero para videos no sirve. :(

  11. Mireia septiembre 15, 2011 a las 3:30 pm

    si! vale muchisimas gracias por todo! :D
    esperare al proximo mes entonces! GRACIAS DE VERDAD! :)

  12. tecada diciembre 4, 2011 a las 9:06 pm

    Hola, os escribo de nuevo preguntandoos si ya teneis el programa ese creado saber de donde me lo puedo descargar, un saludo y gracias

  13. xisco diciembre 13, 2011 a las 11:31 am

    Todavía no está aprobada por el parlamento y será el PP quien deberá presentarla y
    además la encuentra incompleta

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